El regimen fiscal 10/10/10 de Paraguay es el mas competitivo de Latinoamerica y uno de los mas atractivos del mundo para empresarios internacionales. Se compone de tres impuestos: IRE 10% (renta empresarial), IVA 10% y IRP 10% (renta personal). Combinado con el sistema territorial puro, convierte a Paraguay en una jurisdiccion de referencia para quienes facturan a clientes internacionales.
Nota clave: El 10% de IRE se aplica SOLO sobre rentas de fuente paraguaya. Los ingresos generados fuera de Paraguay tributan al 0% en Paraguay. Este es el diferencial fundamental respecto a cualquier otro pais de la region.
Los tres componentes del regimen 10/10/10
IRE: Impuesto a la Renta Empresarial (10%)
El IRE grava el beneficio neto de las empresas paraguayas proveniente de fuente paraguaya. La base imponible se calcula restando los gastos deducibles de los ingresos brutos paraguayos. Si tu EAS factura a clientes en Europa, esos ingresos estan fuera del alcance del IRE.
La tasa del 10% contrasta con el 25% del Impuesto de Sociedades espanol y los tipos efectivos del 20-30% habituales en paises europeos. Para empresas con margen alto, el ahorro es estructural, no marginal.
IVA: Impuesto al Valor Agregado (10%)
El IVA paraguayo del 10% es la mitad del espanol (21%). Las exportaciones de servicios estan exentas de IVA en Paraguay si el beneficiario del servicio esta en el exterior. Por tanto, una consultora con EAS paraguaya que presta servicios a clientes europeos no cobra IVA paraguayo en sus facturas internacionales.
Las compras de bienes y servicios en Paraguay generan IVA soportado deducible, lo que permite recuperar el IVA pagado localmente frente al IVA repercutido.
IRP: Impuesto a la Renta Personal (10%)
El IRP grava las rentas personales superiores a 10 salarios minimos mensuales (aprox. 3.800 USD/ano en 2025). Para la mayoria de empresarios que se retribuyen via dividendos desde la EAS, el IRP es gestionable: los dividendos distribuidos por la EAS ya tributaron el 10% de IRE, y el IRP aplica solo sobre retribuciones personales directas.
Comparativa con el sistema espanol
| Impuesto | Espana | Paraguay |
|---|---|---|
| Impuesto sobre Sociedades / IRE | 25% | 10% (solo fuente PY) |
| IVA general | 21% | 10% |
| IRPF maximo / IRP | 47% | 10% |
| Rentas internacionales | Tributan en Espana | 0% en Paraguay |
| Seguridad Social minima | 350-500 EUR/mes | No aplica para socio no empleado |
Quien se beneficia mas
El regimen 10/10/10 es especialmente ventajoso para:
- Consultores y asesores con clientes europeos o americanos: sus honorarios son renta de fuente extranjera, tributan 0% en Paraguay.
- Negocios digitales y SaaS con usuarios internacionales: el software vendido a clientes fuera de Paraguay no genera IRE.
- Traders e importadores/exportadores: las operaciones internacionales aprovechan el IVA reducido y la exencion territorial.
- Profesionales autonomos de alta facturacion (medicos, abogados, arquitectos) que dan el salto a estructura societaria internacional.
Condiciones y limites a considerar
El regimen no es un atajo automatico. Para beneficiarse de el legalmente necesitas:
- EAS con RUC activo y contabilidad al dia en Paraguay.
- Sustancia economica: actividad real, contratos, gestiones tomadas desde Paraguay.
- Cumplimiento en Espana: Modelo 720, baja censal si cambias residencia, declaracion de activos.
- Evitar el establecimiento permanente en Espana segun el CDI.
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