CDI España-Paraguay: todo lo que cambia para empresarios

Fiscalidad Equipo NexoParaguay · 7 min lectura

El Convenio de Doble Imposición entre España y Paraguay (CDI) entró en vigor el 14 de octubre de 2024 y tiene efecto fiscal desde el 1 de enero de 2025 (Ley 7.271/2024, BOE-A-2024-15573). Es el cambio normativo más relevante en la relación fiscal bilateral de los últimos 30 años y abre una ventana de planificación tributaria que antes sencillamente no existía.

Referencia legal: Ley 7.271/2024 (Paraguay) y BOE-A-2024-15573 (España). El CDI sigue el modelo OCDE con modificaciones acordadas bilateralmente. Vigencia: desde el 1 de enero de 2025 para todos los impuestos sobre la renta.

¿Qué es un CDI y por qué importa?

Un Convenio de Doble Imposición es un tratado bilateral que establece qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta cuando un contribuyente tiene vínculos con ambos. Sin CDI, la misma renta podría tributar en España y en Paraguay, lo que desincentivaba la movilidad y la inversión bilateral.

Con el CDI en vigor, las reglas son claras: se establece qué Estado tiene derecho de imposición primario sobre dividendos, intereses, cánones, plusvalías y rentas empresariales, y se elimina la doble imposición a través del método de exención o imputación.

Los 5 aspectos clave para empresarios españoles

1. Residencia fiscal: criterios claros

El CDI establece que una persona es residente del Estado donde tenga su domicilio, o bien, donde tenga su centro de intereses económicos vitales. Si hay conflicto, se aplica el test de habitualidad (183 días) y, subsidiariamente, la sede de dirección efectiva para personas jurídicas.

Esto significa que un empresario que traslade genuinamente su centro de vida a Paraguay puede acreditar la residencia fiscal paraguaya frente a la Agencia Tributaria española de forma mucho más sólida que antes del CDI.

2. Dividendos: retención máxima del 10%

El artículo 10 del CDI limita la retención en la fuente sobre dividendos al 10% del importe bruto cuando el beneficiario efectivo es residente del otro Estado contratante. Antes del CDI, España podía aplicar hasta el 19% de retención. Esta reducción es directamente aplicable desde el 1 de enero de 2025.

3. Intereses y cánones: límites bilaterales

Los intereses pagados entre empresas vinculadas en ambos países tienen ahora un límite de retención del 10% en el país de la fuente. Para cánones (royalties), el límite es igualmente del 10%. Esto facilita estructuras de financiación y transferencia de intangibles entre matrices e filiales en los dos países.

4. Rentas empresariales: el principio de establecimiento permanente

Las rentas de una empresa solo tributan en el Estado donde está constituida, salvo que actúe en el otro Estado a través de un establecimiento permanente (EP). Un EP se configura, entre otros supuestos, con una presencia continuada superior a 12 meses en el otro país. Una EAS en Paraguay que factura exclusivamente a clientes europeos, sin agente ni oficina en España, no genera EP en España según el CDI.

5. Cláusula anti-abuso y sustancia económica

El CDI incluye una cláusula PPT (Principal Purpose Test) que permite a las autoridades fiscales denegar los beneficios del convenio cuando se demuestre que el principal objetivo de una operación es obtener ventajas fiscales. Esto refuerza la necesidad de que las estructuras con Paraguay tengan sustancia económica real: personal, actividad, decisiones tomadas desde el país.

¿Quién se beneficia más del CDI?

PerfilVentaja principal
Empresario digital con clientes europeosRenta empresarial tributa solo en PY al 10% IRE
Inversor con dividendos desde EAS paraguayaRetención máxima 10% en lugar de 19%
Residente fiscal en ParaguayAcreditación sólida frente a AEAT con respaldo del CDI
Empresa española con filial en AsunciónClaridad en precios de transferencia y EP

Qué debes hacer ahora

El CDI es una herramienta, no una solución automática. Para aprovecharlo correctamente necesitas:

  1. Analizar tu caso concreto con un asesor que conozca tanto la normativa española (IRPF, IS, exit tax) como la paraguaya.
  2. Documentar la sustancia de tu actividad en Paraguay: contratos, presencia física, empleados, cuenta bancaria.
  3. Cumplir con las obligaciones informativas en España: Modelo 720 si tienes participaciones superiores a 50.000 €, y comunicación del cambio de residencia si trasladas tu domicilio.

La ventana es real, el CDI lleva vigente desde enero de 2025, y cada mes de inacción es un mes de diferencial fiscal que no recuperarás.

Analiza tu caso con nuestro equipo

30 minutos de consultoría gratuita. Sin compromiso. Te decimos si Paraguay encaja con tu situación y qué estructura tiene más sentido para ti.

Reservar consultoría gratuita →